Ciudad de México, a 15 de diciembre de 2025
A la Comisión Nacional de Derechos Humanos y
A las 32 Comisiones Estatales de Derechos Humanos
PRESENTES
Propuesta Cívica, una organización de la sociedad civil, con más de 14 años de experiencia en la defensa y promoción de la libertad de expresión en México, manifiesta su profunda preocupación ante la aprobación y entrada en vigor de la Ley General de Extorsión (en adelante Ley General), publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 28 de noviembre de 2025.
Tras un exhaustivo análisis jurídico de dicha Ley General, concluimos que el delito de extorsión y sus agravantes permiten que personas que se vean afectadas por discursos constitucionalmente protegidos tengan la oportunidad de denunciar estos actos y obtener procesos penales a su favor. Es decir, la redacción actual abre la puerta para que actores políticos o particulares utilicen el aparato penal para silenciar críticas legítimas, denuncias y actos de protesta.
Por ejemplo, al contemplar como conducta el obligar a otra persona a dar, hacer, dejar de hacer o tolerar algo para obtener un beneficio propio o a un tercero, se abre la puerta para que las exigencias de justicia, liberación de personas detenidas arbitrariamente, emitir discursos realizados dentro del debate político, etc., podrían encuadrarse abusivamente en este tipo penal, sancionándose con penas privativas de libertad de 15 a 25 años.
Sumado a lo anterior, las agravantes contempladas en los artículos 16, 17 y 18 de la Ley General permiten aumentar las penas de manera desproporcionada hacia estos discursos: si una persona defensora de derechos humanos es entrevistada en el marco de una protesta que está siendo televisada o transmitida en redes sociales exigiendo propuestas efectivas a candidatas y candidatos para el esclarecimiento del paradero de su familiar, la pena podría elevarse a 24 o 45 años al actualizar, al menos, dos agravantes de la Ley General.
Diversas organizaciones y expertos han alertado por la vigencia de la fracción V del artículo 17 de la Ley General que permite aumentar la pena de 5 a 15 años por extorsiones realizadas a través del uso de cualquier “dispositivos, medios, servicios o plataformas a través de los cuales se pueda realizar la emisión, transmisión o recepción de signos, señales, escritos, imágenes, voz, datos, sonidos o información de cualquier naturaleza que se efectúe a través de hilos, radioelectricidad, medios ópticos, físicos, sistemas electromagnéticos o cualquier otro medio electrónico”, lo cual efectivamente podría tener un efecto silenciador hacia el ejercicio de la libertad de expresión.
Desde Propuesta Cívica hacemos un llamado a analizar la totalidad de las fracciones y los márgenes de pena que permitirían castigar discursos protegidos en contextos electorales, protesta social o de defensa de derechos humanos.
La ambigüedad en la descripción del delito en sí mismo y sus agravantes constituye una afrenta directa a la libertad de expresión en su sentido más amplio, permitiendo que se inicien investigaciones penales que tendrán un efecto inhibidor para la protesta, la exigencia pública de derechos, rendición de cuentas o resolución de conflictos sociales frente a autoridades y personas que voluntariamente han decidido participar en contiendas electorales.
Es imperativo recordar que a nivel internacional este tipo de delitos es contrario a los compromisos adoptados por el Estado mexicano en tratados internacionales, además de contradecir la prohibición constitucional de realizar inquisición judicial de ideas.
Ante este panorama, solicitamos a las Comisiones que generen un diálogo amplio y extensivo con miras a revaluar el contenido de la Ley General de Extorsión desde la óptica de diversos actores sociales que pudieran verse afectados o criminalizados por su sola entrada en vigor.
Reconocemos la necesidad de esta Ley, así como las facultades del Congreso de la Unión para legislar en materia de política criminal, no obstante, hacemos un llamado a garantizar que cualquier legislación penal garantice el mínimo de intervención penal que exige la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y que la redacción sea clara y acotada, para así evitar ambigüedades que puedan transgredir el ejercicio de la libertad de expresión esencial en toda democracia.
Reciban un atento saludo.
Atentamente,
Sara Lidia Mendiola Landeros
Directora Ejecutiva Propuesta Cívica A.C.









