Redacción.- ?Si la Consulta Popular y la Revocación de Mandato son instrumentos para impulsar la calidad de nuestra democracia y detonar la participación ciudadana, el PRI dice sí, pero con reglas claras?, afirmó la diputada Dulce María Sauri Riancho al anunciar el voto a favor de las reformas constitucionales de las dos figuras jurídicas.
El Grupo Parlamentario del PRI avala y celebra los cambios hechos en el Senado de la República, porque la Revocación de Mandato es derecho de la ciudadanía y no una atribución del gobierno ni del Congreso de la Unión, como lo intentó la mayoría parlamentaria y sus aliados, expuso la legisladora por el estado de Yucatán.
La ley establece que deberá ser el 3 por ciento de las y los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores, distribuidos al menos en 17 entidades federativas.
Insistió: ?los cambios corrigen lo propuesto por Morena que pretendía abrir la Caja de Pandora de la reelección y concentrar el poder en el gobierno, en vez de otorgárselo a la ciudadanía y recordó que la propuesta del partido en el poder era realizar la consulta de revocación de mandato al mismo tiempo que la elección intermedia de 2021 –cuando se renovará la totalidad de la Cámara de Diputados federal–, gubernaturas en 12 o 13 estados y elecciones municipales en 30 de las 32 entidades federativas.
?No hay que ser suspicaz opositora para imaginar al Presidente de la República haciendo campaña en todo el territorio nacional con el propósito, aparente, de lograr que la ciudadanía refrendase la confianza en su gobierno ya que su figura política y su carisma serían convenientemente aprovechadas por candidatas y candidatos de su movimiento para triunfar arrolladoramente y de esta manera asegurar y consolidar su predominio en esta Cámara y desde luego en las gubernaturas y presidencias municipales?, reiteró Sauri Riancho.
La Revocación de Mandato, explicó en su intervención la diputada Soraya Pérez Munguía, es el procedimiento institucional que permite la remoción de los representantes electos por parte de sus electores, antes de que expire el periodo de su mandato, principalmente por pérdida de la confianza, en consecuencia, aplica tanto al Ejecutivo Federal como a los gobiernos estatales.
Ahora que todos estamos de acuerdo con la versión corregida por nuestros compañeros senadores, dijo, tenemos que recordar a la aplanadora parlamentaria que es deber de todos elaborar leyes coherentes, lógicas y bien estructuradas, pero ?es una constante que todo lo que discutimos aquí no es tomado en cuenta, no escuchan razones, no aceptan propuestas para construir mejores documentos normativos?.
La legisladora por el estado de Tabasco insistió en las mejoras hechas a la reforma: la revocación de mandato es derecho del ciudadano; no coincide con ningún tipo de elección y se elimina su uso político o electoral; es el Instituto Nacional Electoral el encargado de difundir y organizar el 100 por ciento del proceso de la consulta popular y revocación de mandato; además recordó prohíbe la contratación de tiempo de publicidad en medios, lo cual hace más efectiva y transparente ambas herramientas.
Al diputado Enrique Ochoa Reza correspondió hablar en contra de la redacción del artículo 84 constitucional, donde se establece el mecanismo para sustituir al Presidente de la República en caso de que a través del procedimiento de revocación de mandato pierda la Presidencia.
?El mecanismo que propone podría derivar que en 32 días este país tenga tres presidentes de la República distintos y eso pondría al país en un riesgo institucional innecesario, esa inestabilidad no se la deseamos a nadie, y no se la deseamos ciertamente a esta Administración?, señaló Ochoa Reza.
En caso de revocar el mandato del Presidente de la República, asumirá provisionalmente la titularidad del Poder Ejecutivo quien ocupe la presidencia del Congreso y la pregunta es ¿quién preside el Congreso? porque nuestra Constitución establece que el Congreso de la Unión se conforma por dos Cámaras, una Cámara de Diputados y una Cámara de Senadores, y establece que cada una de las Cámaras tiene su presidente.
La solicitud de Enrique Ochoa Reza fue que ante la imposibilidad de hacer reservas para proponer otra redacción el artículo 84 constitucional a futuro se revise el artículo fin de evitar incertidumbre en su interpretación.