Redacción.- Este miércoles, la fracción legislativa de Movimiento Ciudadano, integrada por Silvia América López Escoffié y Milagros Romero Bastarrachea, presentaron modificaciones a varias leyes secundarias, para que todo aquel funcionario que participe en un acto de corrupción no vuelva a ocupar un cargo público.
Durante su intervención en la sesión plenaria, López Escoffié, explicó que esta nueva iniciativa es el complemento necesario para hacer realidad la “muerte civil” para las y los corruptos, que no es otra cosa, que la inhabilitación para trabajar en el gobierno a todo aquel funcionario que participe en un acto de corrupción.
Recordó que en enero pasado, presentó cambios en materia de inhabilitación de los servidores públicos por faltas administrativas y hechos de corrupción en la Constitución Política del Estado de Yucatán, misma que fue aprobada dos meses después, no obstante, en ese momento para hacerla realidad había que hacer cambios complementarios.
Es por ello, que este día propuso modificar la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, la Ley de Responsabilidades Administrativas y el Código Penal, todos del Estado de Yucatán, “porque entendemos que la corrupción es un problema de tal magnitud que requiere no sólo de voluntad política, sino de acciones concretas”, precisó.
“Debemos evitar que quienes sólo buscan un interés personal, ya sean gobernantes, funcionarios o particulares, sigan cerca del gobierno, aprovechándose de sus cargos o influencias y afectando los intereses de los yucatecos”.
Agregó que la corrupción impacta los resultados económicos, debilita las instituciones democráticas y el estado de derecho, perturba el orden social y destruye la confianza pública, permitiendo de esta forma que prospere la delincuencia, “la corrupción es un problema grave que va en aumento y Yucatán no se encuentra exento de esta situación”, acotó.
DISPOSICIONES
La presente iniciativa pretende establecer la figura de la inhabilitación por actos de corrupción, la cual garantizaría que cualquier servidor público que sea sancionado por estos hechos no pueda volver a desempeñarse como servidor público en cualquier empleo o comisión de la administración pública.
Al mismo tiempo establece que los particulares que sean sancionados por los mismos hechos no puedan participar en posteriores procesos de adquisiciones de la administración pública. La iniciativa modifica el artículo 8 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, para que aquel funcionario que haya recibido resolución condenatoria, ya no solo se le destituya sino también se le inhabilite para el ejercicio de empleos, cargos o comisiones en el servicio público.
Así mismo, se reforman diversos artículos, de la Ley de Responsabilidades Administrativas, con la finalidad de que, en los casos de faltas administrativas graves, se les sancione a los servidores públicos con la inhabilitación para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público y para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas en un futuro.
Tratándose de personas morales que se hayan visto involucradas en actos de corrupción, se le sancionará con la inhabilitación para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas.
De igual modo, se propone la modificación de varios artículos del Código Penal, para que las sanciones de los delitos por hechos de corrupción cometidos por servidores públicos como son: el ejercicio ilícito del servicio público, el uso ilícito de atribuciones y facultades, concusión, intimidación, entre otros; contemplen la inhabilitación para desempeñar empleo, cargo o comisión públicos en un futuro.