Redacción.- El rapero y poeta español, Pablo Hasél, ha sido condenado a nueve meses de prisión y seis años de inhabilitación por una canción en la que acusa a la monarquía española de saquear al pueblo español y por una serie de tuits publicados en la red de Twitter. Hásel ha sido acusado del delito de enaltecimiento del terrorismo por sus canciones y opiniones en redes sociales. También ha sido condenado por los delitos de injurias a la Corona y contra las instituciones del Estado. En total, tendrá que afrontar una multa de casi 30.000 euros. Personalidades, artistas y organizaciones rechazan la condena contra el rapero español que dice que “la revolución tomará el palacio de Juan Carlos el bobón: que los censores se jodan”.
“Han saqueado y derrochado, durante tantos años, tantos miembros de la familia real: luego los psicópatas que nos gobiernan dicen que no hay dinero para derechos de primero necesidad, pero tienen los años contados, se acerca la república popular”, dice la canción intitulada “Juan Carlos el bobón”: “decir quiénes son y qué hacen es un delito”, afirma la canción.
Bardem, Serrat, Almodóvar, Alba Flores, Emma Suarez, Ismael Serrano, Paco León, Fernando Trueba, Antonio de la Torre o Luis Pastor, están entre los más de 200 artistas que han firmado un manifiesto para apoyar al rapero Pablo Hasel.
En particular en la acusación aparecen un total de 64 tuits, en los que Hásel llamó al rey emérito, Juan Carlos I, con los calificativos de “parásitos”, “mafiosos”, “ladrón”, “mafiosa y medieval monarquía”, “banda criminal”. Estas palabras, según el fiscal Campos Navas, resultan “de todo punto impertinentes e innecesarias” para expresar las ideas del rapero y “lesionan la dignidad del rey emérito, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación”, por lo que son constitutivas de un delito de injurias contra la Corona, dice el diario Público.
Por su parte Amnistía Internacional dice que este viernes se cumple el plazo para que el rapero, Pablo Hasél, entre en prisión por un delito de enaltecimiento del terrorismo. El músico también ha sido condenado por injurias contra la Corona y contra las instituciones del Estado.
Amnistía Internacional considera que el encarcelamiento de Hasél por sus expresiones artísticas es injusto y ha lanzado una nueva campaña para exigir, una vez más, la reforma del Código Penal, puesto que considera que algunos de sus artículos vulneran el derecho a la libertad de expresión. El artista C. Tangana ha participado en la campaña, con un vídeo en el que anima a la gente a actuar para cambiar la ley, para que “los artistas podamos expresarnos sin miedo a ir a la cárcel”.
“Nadie debería ser procesado penalmente sólo por expresarse en redes sociales o por cantar algo que pueda ser desagradable o escandaloso. No se pueden penalizar expresiones que no incitan de manera clara y directa a la violencia. Si no se modifican estos artículos se seguirá silenciando la libertad de expresión y coartando las manifestaciones artísticas”, señala Esteban Beltrán, director de Amnistía Internacional España (AI).
“La entrada en prisión de Hasél es una restricción excesiva y desproporcionada de su libertad de expresión, pero no es el único que sufre las consecuencias de leyes injustas: muchos otros artistas, periodistas o activistas han recibido cuantiosas multas o largos periodos de exclusión del sector público. Y una consecuencia intangible pero triste para nuestra sociedad: la autocensura por miedo a sufrir la represión”, lamenta el director de AI.
La organización se opone también a cualquier ley que prohíba insultar o faltar el respeto a los jefes de Estado, la Corona, o figuras públicas. Para AI, los jefes de Estado, por el hecho de ser figuras públicas, deben tolerar más críticas que la ciudadanía. El uso de leyes sobre difamación con el fin o el efecto de impedir las críticas legítimas al gobierno o a cargos públicos viola el derecho a la libertad de expresión. Lo mismo sucede con el delito de ofensa contra los sentimientos religiosos: la protección de conceptos abstractos o creencias religiosas o de otra índole, o de las sensibilidades religiosas de sus adeptos, no es un motivo para restringir la libertad de expresión.
España fue condenada hasta en tres ocasiones (2011, 2016 y 2018) por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos por aplicación del artículo de injurias a la Corona, en vulneración del artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. En cuanto al delito de ofensa contra los sentimientos religiosos, Amnistía Internacional alerta del posible efecto disuasorio que podría tener sentencias como la del pasado 10 de noviembre de 2020, en la que un juzgado de lo Penal de Málaga condenó a una mujer por un delito contra los sentimientos religiosos por expresiones utilizadas durante una movilización ciudadana, a una de pena de multa de 2.700€.
Y claro, en los medios españoles lo denuncian: