Redacción.- En una nueva motu proprio el Papa Francisco exige que cardenales jefes de dicasterios y directivos y administrativos declaren que no tienen condenas ni investigaciones por terrorismo, lavado de dinero o evasión fiscal. Asimismo, ordena que no podrán tener activos en paraísos fiscales ni invertir en empresas que operen en contra de la doctrina de la Iglesia. También prohíbe que todos los empleados acepten regalos por un valor superior a 40 euros.
En la nueva Motu proprio de Francisco sobre la transparencia, exige a todos los empleados en niveles directivos de la Santa Sede, y a todos los que desempeñan funciones de administración activa, funciones jurisdiccionales o de control, que firmen una declaración en la que aseguren que no han recibido condenas firmes, que no están sujetos a procesos penales pendientes o investigaciones por corrupción, fraude, terrorismo, lavado de dinero, explotación de menores y evasión fiscal. Y no tener dinero en efectivo o inversiones en países con alto riesgo de blanqueo de capitales o financiación del terrorismo, en paraísos fiscales o participaciones en empresas que operen en contra de la Doctrina Social de la Iglesia.
El Papa ha decidido añadir artículos al Reglamento General de la Curia Romana, con una medida que concierne a todos los que se encuentran en los niveles funcionales C, C1, C2 y C3 (es decir, desde los cardenales jefes de dicasterios hasta los vicedirectores con contratos directivos de cinco años), y a todos los que tienen funciones de administración jurisdiccional activa o de control y supervisión. Tendrán que firmar una declaración en el momento de la contratación y después cada dos años.
Se les solicita testificar de no haber tenido condenas firmes, ni en el Vaticano ni en otros Estados, y de no haberse beneficiado de indulto, amnistía o gracia, y de no haber sido absueltos por prescripción. Además, de no estar sujetos a procedimientos penales pendientes o a investigaciones por participación en una organización criminal, corrupción, fraude, terrorismo, blanqueo de capitales de actividades criminales, explotación de menores, tráfico o explotación de seres humanos, evasión o elusión fiscal.
También deben declarar que no poseen, ni siquiera a través de intermediarios, dinero en efectivo o inversiones o participaciones en sociedades o empresas en países incluidos en la lista de jurisdicciones con alto riesgo de blanqueo de capitales (a menos que sus familiares sean residentes o estén domiciliados por demostradas razones familiares, laborales o de estudios). Deberán garantizar, según su conocimiento, que todos los bienes, muebles e inmuebles, de su propiedad o que solo tengan en posesión, así como las remuneraciones de cualquier tipo que reciban, proceden de actividades lícitas. También es significativa la petición de “no tener” participaciones o “intereses” en sociedades o empresas que operen con fines contrarios a la Doctrina Social de la Iglesia.
La Secretaría para la Economía podrá realizar comprobaciones sobre la veracidad de las declaraciones realizadas en papel por los declarantes, y la Santa Sede, en caso de declaraciones falsas o mendaces, podrá despedir al empleado y reclamar los daños y perjuicios sufridos.
Por último, se prohíbe -y esta novedad afecta a todos los empleados de la Curia Romana, del Estado de la Ciudad del Vaticano y de los organismos afines- aceptar, por razón de su cargo, “regalos u otros beneficios” de un valor superior a 40 euros.
Cabe recordar que la Santa Sede, al adherirse a la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (Convención de Mérida), ha decidido adecuarse a las mejores prácticas para prevenir y combatir la corrupción en sus diversas formas. Ya con la Carta Apostólica en forma de Motu Proprio del 19 de mayo de 2020, titulada “Normas sobre la transparencia, el control y la competencia en los contratos públicos de la Santa Sede y del Estado de la Ciudad del Vaticano”, se establecieron medidas fundamentales para combatir la corrupción en el ámbito de los contratos públicos. La corrupción, sin embargo, puede manifestarse de diferentes maneras y formas incluso en sectores distintos al de las contratas, y por ello las normas y mejores prácticas a nivel internacional prevén obligaciones particulares de transparencia para las personas que ocupan puestos clave en el sector público con el fin de prevenir y combatir, en todos los sectores, los conflictos de intereses, las prácticas clientelistas y la corrupción en general.