Redacción.- A través de una carta, meridanos denuncian que el ruido en Mérida y sus comisarías, se ha convertido en un problema grave de salud y convivencia vecinal, que no ha sido atendido hasta ahora por las autoridad municipales suficientemente. Por toda la ciudad, no sólo en el centro, se multiplican las quejas de vecinos que en la noche no pueden conciliar el sueño por los negocios que no controlan la música o por las fiestas que ponen la música lo suficientemente alto para que se escuche a varias cuadras a la redonda. El grave problema no sólo nocturno, sino también diurno, ya que negocios de todo tipo recurren al uso de bocinas en la calle para según ellos promocionarse. Las comisarías de la ciudad, como Cholul, se ven cada día más afectadas por la contaminación acústica. De día y de noche.
Cansados de vivir así, vecinos entregaron una carta al alcalde, Renán Barrera Concha, por “la situación de contaminación acústica que sufrimos los pobladores de Mérida diariamente en horario tanto diurno como nocturno. Por ser ello una violación flagrante de nuestro derecho humano a vivir en bienestar y salud plenas, así como del Reglamento de Protección al Ambiente y del Equilibrio Ecológico del Municipio de Mérida (RPAEEMM) este comunicado es además un reclamo a las dependencias municipales a que cumplan con su obligación de garantizar a su población una vida digna”.
En la carta señalan que “los que firmamos al calce sufrimos por algún tipo de ruido sin control que está afectando nuestro entorno y nuestra salud; consecuentemente, hemos acudido a infractores y, en virtud de las fracciones IV, XII, XIV, XVII, XVIII y XIX del Artículo 3 del RPAEEMM[1], a las autoridades competentes siempre apelando por una solución apegada al reglamento mencionado. Sin embargo, queremos denunciar que:
- A pesar de atestiguar las violaciones en flagrancia, la policía municipal no hace cumplir la ley de manera inmediata.
- La Dirección de Desarrollo Urbano (DDU) viola el ARTÍCULO 120 del Reglamento de actos y procedimientos administrativos (RAPA) al no informar a las víctimas sobre el curso que se dará a su denuncia hasta que estos así lo demandan.
- La DDU viola el ARTÍCULO 122 del RAPA al no informar a las víctimas sobre la resolución definitiva dada a su denuncia hasta que las víctimas la demandan.
- La subdirección de inspección de la DDU viola el ARTÍCULO 44 del RAPA al no conducir las visitas de inspección dentro del tiempo que establece la ley.
- La subdirección de inspección de la DDU realiza inspecciones bajo el escrutinio de los establecimientos contaminantes, permitiéndoles reducir sus niveles sonoros momentáneamente. Esto, disfraza la evidencia, les permite evitar la acción de la autoridad, y fomenta la corrupción.
- La DDU y otras autoridades municipales permiten que, quienes se encuentran contaminando acústicamente, continúen en operación (siguiendo impunemente con su contaminación) mientras estos interponen recursos de reconsideración o revisión.
- En la ciudad operan un sinnúmero de centros nocturnos que contaminan con ruido en los predios circunvecinos sin los permisos completos (determinación sanitaria, uso de suelo, licencia de funcionamiento). Esto, en detrimento de sus vecinos y las finanzas municipales.
- La dirección de desarrollo urbano y la secretaría de finanzas otorgan licencias de uso de suelo y funcionamiento para restaurantes, centros nocturnos y cabarets sin que se cumplan todos los requisitos para las mismas.
- Se toleran negocios con licencias que no son apropiadas para los giros que realmente realizan. Por ejemplo, restaurantes que en realidad operan como cabarets o centros nocturnos.
- Se tolera la operación de establecimientos contaminantes que no cuentan con ninguna licencia o que incluso han violado los sellos de clausura. Esto es una burla para las víctimas.
Las licencias a bares, restaurantes y cantinas se otorgan presumiblemente sin un previo estudio de la zona en que se establecerán y sin respetar el Artículo 128 del RPAEEMM[1]. Como resultado, estos establecimientos colindan con domicilios y otros centros habitacionales
- tradicional: a) sobre la forma en la que dará turno a sus denuncias, b) sobre la resolución definitiva de sus denuncias.
- Instruya a la subdirección de inspección de la DDU a que cumpla con la ley y realice toda inspección en 10 días hábiles o menos.
- Instruya usted a la subdirección de inspecciones de la DDU a realizar visitas para la medición de la intensidad del ruido, OBJETIVAS y EFICIENTES, o sea en momentos críticos según la denuncia específica. Adicionalmente, se deberán monitorear otros parámetros relevantes como, por ejemplo: la posición del equipo de sonido, si el lugar cuenta con insonorización, si el establecimiento cuenta con la documentación requerida para funcionar, etc.
- Proponga usted una modificación al reglamento de policía y buen gobierno para que se pueda acreditar la contaminación por ruido mediante videos de la comisión del delito (con la ayuda de un decibelímetro digital) o mediante la presentación de una fe de hechos notarial.
- Proponga usted una modificación a los reglamentos correspondientes para que las sanciones por violación al uso de suelo sean aplicadas a los predios y no a los administradores de los negocios que en ellos se establecen.
- Proponga una reforma a los reglamentos correspondientes para que no se expidan permisos a centros nocturnos, cantinas y cabarets sin que se consulte a los vecinos que podrían resultar afectados por el ruido, vibraciones, energía térmica y lumínica, radiaciones electromagnéticas y olores que origine la actividad de los negocios autorizados.
- Instruya usted a la autoridad correspondiente a que haga una inspección a todos y cada uno de los establecimientos suspendidos definitivamente y aplique la máxima sanción a quienes hayan violado las suspensiones.
- Instruya usted a la autoridad correspondiente a que haga una inspección a todos y cada uno de los establecimientos que hayan sido suspendidos temporalmente y se encuentren tramitando un recurso de revisión y reconsideración. Pedimos que se aplique la máxima sanción a quienes, gozando de la oportunidad que les brinda el gobierno, se encuentren en reincidencia.
- Instruya usted a la autoridad competente a que inspeccione a todos los establecimientos con permiso de “restaurante” para verificar si los viernes y sábados por la noche se encuentran realizando actividades propias de Centros Nocturnos, Cantinas, y Cabarets (música en vivo, música para bailar a alto nivel). De ser así, pedimos que los clausuren hasta que obtengan los permisos correspondientes.
Instruya usted a las autoridades responsables a que no otorguen nuevos permisos a Restaurantes, Centros Nocturnos, Cantinas, y Cabarets sin que: Se apliquen todas las disposiciones del RPAEEMM
[1] Artículo 128.- Para la expedición u otorgamiento de los permisos, autorizaciones y licencias, la Dirección de Desarrollo Urbano y la Dirección de Servicios Públicos Municipales deberán verificar, dentro de su competencia, que se cumplan con las disposiciones establecidas en las leyes federales, estatales, en el presente Reglamento, en los programas y planes municipales y demás ordenamientos jurídicos aplicables.